RENTA GANADA = RENTA PAGADA
El anticipo de impuesto a la
renta es inconstitucional. El artículo
165 numeral 1 determina que únicamente, cuando se declara el estado de
excepción, el presidente puede decretar la recaudación anticipada de
tributos. Por lo tanto, el cobro
anticipado de cualquier impuesto infringe la Constitución, a menos que nos
encontremos en estado de excepción.
Los socialistas del siglo XXI,
declaran que es necesario cobrar el anticipo porque las personas evadían el
pago del impuesto a la renta.
Contradiciendo la presunción de inocencia, que es una garantía constitucional y de la
declaración de derechos humanos suscrita por nuestro país. La generalidad de las personas formales
pagamos impuestos y no lo contrario. Los
informales no lo hacen porque el Estado les complica tanto la vida para lograr
ese estatus, que es difícil para esos comerciantes convertirse en formales, con
los beneficios que eso implica.
No se debe legislar en base a
prejuicios ideológicos que contradicen la Constitución. La minoría es quien delinque, no la
mayoría. Es obligación del organismo
fiscal recaudador de impuestos declarar la responsabilidad de algún
contribuyente, probando su incumplimiento mediante el debido proceso y
sancionarlo.
Les pagamos a los servidores
públicos del ente recaudador para que ejerzan control, caso contrario, no están
ejecutando su trabajo y por ende, estamos despilfarrando nuestros impuestos.
El anticipo del impuesto a la
renta no se paga sobre la expectativa de renta, sino sobre activos, costos,
gastos y patrimonio de la empresa. Eso posibilita
que el impuesto a la renta pueda ser superior al 22 % establecido por la Ley.
La realidad es que el anticipo
de impuesto a la renta sirve para financiar a un Estado que gasta más de lo que
le ingresa. Al que no le interesa la
liquidez de las compañías, sino el bienestar de los funcionarios públicos y el
populismo. Obrando contra su razón de
ser. Por eso, la Cámara de Comercio de
Guayaquil propone una fórmula simple: renta ganada = renta pagada.
Para salir de la situación
económica actual, producto de la incompetencia para administrar la cosa
pública, se requiere derogar el anticipo de impuesto a la renta, las
salvaguardias y el impuesto a la salida de las divisas. Agravan la situación, porque al ser
desproporcionados, restan liquidez a las empresas, encarecen los bienes y
servicios, reducen el empleo y la anhelada recaudación tributaria.
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