LEY ORGÁNICA PARA LA DEFENSA DE DERECHOS LABORALES

El 26 de septiembre se publicó en el Registro Oficial la Ley Orgánica para la Defensa de los Derechos Laborales.  En esta nueva Ley se reforman leyes vigentes infringiendo importantes derechos y conceptos del ordenamiento jurídico ecuatoriano.  Analicemos los campos afectados:

1)    Juicios Coactivos: Esta Ley determina que los juicios coactivos que inician las instituciones estatales podrán ser no solamente en contra del obligado principal, sino en contra de todos los obligados por Ley, incluyendo herederos mayores de edad que no hubieren aceptado la herencia con beneficio de inventario.

En caso de personas jurídicas usadas para defraudar, el Estado podrá perseguir hasta el último nivel de propiedad, que recaerá siempre sobre personas naturales, quienes responderán con todo su patrimonio.

Las medidas precautelares (como el secuestro de bienes, prohibición de celebrar actos o contratos sobre bienes determinados, retención de bienes, etc.) planteadas por el Estado podrán ordenarse en contra de los bienes que estando a nombre de terceros, existan indicios que son de público conocimiento de propiedad de los obligados principales.

En el caso de que se trate del embargo de bienes, la acción promovida por un tercero que se ve perjudicado por el embargo, no suspenderá la ejecución, sino a partir de que el Tribunal de lo Contencioso Tributario así lo ordene, cuando existan indicios suficientes de la ilegitimidad del embargo.

2)    Juicios Laborales: Las autoridades de trabajo o jueces de trabajo para ejecutar las sentencias dictadas dentro de los conflictos colectivos o individuales de trabajo, también podrán dictar medidas precautelares contra el obligado principal, herederos que no hubieren aceptado la herencia con beneficio de inventario y sobre los bienes a nombre de terceros que se sospecha son de propiedad de los obligados principales.

El Art. 76 numeral 2 de la Constitución de la República, señala en su parte pertinente lo siguiente “En todo proceso en el que se determinen derechos y obligaciones de cualquier orden, se asegurará el derecho al debido proceso, que incluirá las siguientes garantías básicas: …2. Se presume la inocencia de toda persona y será tratada como tal, mientras no se declare su responsabilidad mediante resolución firme o sentencia ejecutoriada”.  Esos derechos de protección son atropellados por la nueva Ley vigente.

 

Comentarios

Entradas populares