SEGURIDAD JURÍDICA
La seguridad jurídica se
refiere a la certeza del Derecho. Es la
garantía que un Estado debe proveer para que las personas puedan desenvolverse
sin que sus bienes y derechos sean violentados.
Asegura que la situación jurídica no será modificada sino mediante
procedimientos legítimos. Permite
ejecutar un plan de negocios a largo plazo.
En eso existe oportunidad de
mejora. Los poderes del Estado, llamados
a servir de peso y contrapesos, deben actuar con independencia de la función
ejecutiva. En los últimos diez años hemos
sido testigos de que en ciertas ocasiones se ha gobernado contraviniendo la
Constitución, sin que nadie pueda oponerse usando vías legales. Se cumplían las órdenes del presidente con la
ratificación de las otras funciones del Estado.
Pudimos ver cómo Trump vetó, a
través de una orden ejecutiva, la
entrada a Estados Unidos de musulmanes provenientes de siete países. La orden solamente estuvo en vigencia ocho
días, porque un juez americano ordenó su suspensión. Posteriormente el recurso de apelación interpuesto
por el gobierno fue rechazado por un tribunal federal. Esa es la ventaja de los poderes
independientes. Quien preside el poder
ejecutivo está imposibilitado de obrar como monarca.
Aquí no ocurre lo mismo. Los inversionistas nacionales y extranjeros
lo saben. Por eso prefieren invertir en
otros países de la región en los que los poderes del Estado sí son independientes. Los resultados se reflejan en la poca
inversión extranjera que recibe nuestro país en comparación con Colombia, Chile
y Perú; a pesar de las oportunidades que nuestro territorio ofrece.
Un poder judicial
independiente también ayudaría a frenar la corrupción pública: una hemorragia de los recursos públicos
a través de la malversación de nuestros impuestos. Así evitaríamos también que los servidores
públicos propongan cada cierto tiempo incrementar la carga tributaria que nos
quieren cobrar a los contribuyentes como consecuencia de esta forma de perder
nuestros tributos. La corrupción es otro
factor por el cual los inversionistas prefieren ubicar sus capitales en otros
lugares.
La terminación de tratados
bilaterales de inversión fue otra señal de inseguridad jurídica. Los socialistas del siglo XXI alegaron que no
estaban de acuerdo en la forma de resolver los conflictos. Una barbaridad ideológica para atarle las
manos al presidente entrante. El
arbitraje internacional es el procedimiento más usado en el mundo para solucionar
disputas. Es justicia privada expedita, impartida por tribunales arbitrales
ubicados en terceros países, ajenos al convenio. De hecho, nuestro Estado sí aceptó el
arbitraje internacional cuando hizo ventas anticipadas de petróleo. En ese caso
no lo considera inconstitucional. Doble
moral compañeritos.
Somos un mercado pequeño
comparado con otros países de la región.
Ir contra la tendencia mundial nos obliga a competir en desventaja para
atraer la inversión que crea empleos adecuados, que son los que queremos. No aspiramos al subempleo, ni emprendimientos
por necesidad. La captación de inversión
extranjera conlleva también nuevos conocimientos y la tecnología que requerimos.
Terminar tratados bilaterales
de inversión desmotiva la posibilidad de que las empresas nacionales se
expandan a los países con los que teníamos estos acuerdos. Nuestras estrategias para atraer inversionistas
e incrementar el comercio exterior deben ser revisadas inmediatamente. Es prioridad para prosperar.
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