LOS PAROS
Transcurría
el año 1.963 y el 11 de julio, el presidente Carlos Julio Arosemena Monroy fue
derrocado por una Junta Militar promovida por la CIA. El 2 de abril de 1.965, ese gobierno de facto
expide una nueva ley arancelaria que crea más impuestos a la importación de
mercaderías. El 3 de mayo, mediante un
comunicado, el presidente de la Cámara de Comercio de Guayaquil de la época, Luis
Orrantia González, pide a los socios de la institución que se abstengan de
retirar mercaderías de la Aduana hasta que se reforme la Ley e inicia, el 10 de
mayo, un paro indefinido de actividades con el apoyo de las Cámaras de Comercio
de Quito, Milagro y Manta. La medida implicaba la rebeldía tributaria de los
empresarios. El gobierno declaró el
imperio de la Ley Militar. Los
guayaquileños se volcaron a las calles. El
fisco perdió diez millones de sucres diariamente, creando nerviosismo en el
sistema financiero. El 18 de mayo
termina el paro, tras la decisión del gobierno de revisar y modificar los
aranceles de aduana.
Guayaquil
recuerda con orgullo esa parte de la historia nacional. La actuación acertada de don Luis Orrantia
González al mando de una de las instituciones más prestigiosas y centenarias:
la Cámara de Comercio de Guayaquil. Los
hombres y mujeres de la ciudad lo apoyaron valientemente. Hubo decenas de detenidos. La actividad comercial se paralizó como
consecuencia de una medida gubernamental injusta. A muchos empresarios les gustaría repetir un
paro similar, pero el mundo cambió. Ningún
negocio puede detenerse un minuto. Si un
gremio pidiera cerrar temporalmente las compañías afiliadas, nadie podría
aceptar. Estamos interconectados al
mercado global. Por eso es que los
comerciantes consideramos que las medidas de clausura que el SRI, los
Municipios y ciertos Ministerios aplican, no son acordes al siglo
veintiuno. El que no lo dejen entrar al
empresario al establecimiento para presentar pruebas de su inocencia, girar
cheques o realizar cualquier actividad, es demencial. Generalmente no existe proporcionalidad entre
la falta cometida y la sanción. Esa
forma de actuar de los entes públicos infringe el derecho constitucional al
debido proceso y leyes especializadas. La
clausura de varios días puede quebrar un negocio. Perjudica la relación con los clientes y
proveedores. No genera impuestos, y al
final, todos perdemos. Se debería
reglamentar mejor la clausura como medida de aplicación última y la ligereza
con la que los organismos públicos imponen sanciones pecuniarias.
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