LOS PAROS


Transcurría el año 1.963 y el 11 de julio, el presidente Carlos Julio Arosemena Monroy fue derrocado por una Junta Militar promovida por la CIA.  El 2 de abril de 1.965, ese gobierno de facto expide una nueva ley arancelaria que crea más impuestos a la importación de mercaderías.  El 3 de mayo, mediante un comunicado, el presidente de la Cámara de Comercio de Guayaquil de la época, Luis Orrantia González, pide a los socios de la institución que se abstengan de retirar mercaderías de la Aduana hasta que se reforme la Ley e inicia, el 10 de mayo, un paro indefinido de actividades con el apoyo de las Cámaras de Comercio de Quito, Milagro y Manta. La medida implicaba la rebeldía tributaria de los empresarios.  El gobierno declaró el imperio de la Ley Militar.  Los guayaquileños se volcaron a las calles.  El fisco perdió diez millones de sucres diariamente, creando nerviosismo en el sistema financiero.   El 18 de mayo termina el paro, tras la decisión del gobierno de revisar y modificar los aranceles de aduana.  

Guayaquil recuerda con orgullo esa parte de la historia nacional.  La actuación acertada de don Luis Orrantia González al mando de una de las instituciones más prestigiosas y centenarias: la Cámara de Comercio de Guayaquil.  Los hombres y mujeres de la ciudad lo apoyaron valientemente.  Hubo decenas de detenidos.  La actividad comercial se paralizó como consecuencia de una medida gubernamental injusta.  A muchos empresarios les gustaría repetir un paro similar, pero el mundo cambió.  Ningún negocio puede detenerse un minuto.  Si un gremio pidiera cerrar temporalmente las compañías afiliadas, nadie podría aceptar.   Estamos interconectados al mercado global.  Por eso es que los comerciantes consideramos que las medidas de clausura que el SRI, los Municipios y ciertos Ministerios aplican, no son acordes al siglo veintiuno.  El que no lo dejen entrar al empresario al establecimiento para presentar pruebas de su inocencia, girar cheques o realizar cualquier actividad, es demencial.  Generalmente no existe proporcionalidad entre la falta cometida y la sanción.  Esa forma de actuar de los entes públicos infringe el derecho constitucional al debido proceso y leyes especializadas.  La clausura de varios días puede quebrar un negocio.  Perjudica la relación con los clientes y proveedores.  No genera impuestos, y al final, todos perdemos.  Se debería reglamentar mejor la clausura como medida de aplicación última y la ligereza con la que los organismos públicos imponen sanciones pecuniarias.

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